JUEGO JUSTO EN LA ARENA DIGITAL

 

Abstract: Las plataformas digitales y sus modelos comerciales están conquistando industria tras industria, región tras región, mercado tras mercado. Las plataformas digitales agrupan y promueven virtualmente todas las interacciones en la economía de Internet y la sociedad conectada. Son poderosos impulsores de la innovación, la productividad y el crecimiento, con numerosos actores del mercado y economías enteras que se benefician del valor que agregan. Hoy, seis de las diez compañías más valiosas del mundo, y cuatro de las cinco más fuertes, son plataformas digitales. Los principales indicadores de rendimiento, como el crecimiento de los ingresos y la capitalización bursátil, muestran que hace tiempo que superaron a los grandes grupos industriales.

 

Texto completo disponible para descarga en: https://www.rolandberger.com/en/Publications/pub_fair_play_in_the_digital_arena.html

 

Las plataformas digitales como impulsoras del crecimiento y la innovación: Europa debe actuar para seguir siendo competitiva en la economía mundial de Internet

15 de octubre de 2016.

Abstract: Estudio de la Internet Economy Foundation (IE.F) y Roland Berger analiza cómo funcionan las plataformas digitales, reflexiona sobre su comportamiento competitivo y asesora a los responsables políticos nacionales y europeos
Las plataformas digitales están en auge. Como actores principales en el ámbito de Internet y la sociedad conectada, agregan valor a economías enteras
Los efectos de bienestar se generan, por ejemplo mediante modelos comerciales innovadores, acceso a nuevos mercados, menores costos de transacción y una asignación más eficiente de recursos y factores de producción.

En términos de crecimiento, valor de marca, capitalización de mercado y otros indicadores clave de rendimiento, las plataformas digitales superan el dinamismo de todos los demás modelos comerciales
En esta disciplina central de la contestabilidad futura, Europa tiene actualmente una parte marginal de la acción, ya que los proveedores de América del Norte y Asia dominan los mercados.

Texto completo disponible en:  https://www.rolandberger.com/en/press/Digital-platforms-as-drivers-of-growth-and-innovation-Europe-must-take-action-t.html 

 

El complejo daño antimonopolio en los mercados de plataforma

19 de abril de 2017.

Abstract: Los mercados evolucionan. La innovación constante es a la vez un hecho de la vida y un mandato de vida o muerte para las empresas modernas. Y la ley antimonopolio, con su propio mandato de salvaguardar la competencia, intenta mantenerse al día. En el cambio de milenio, la empresa antimonopolio experimentó una intensa búsqueda de introspección, provocada en gran parte por el litigio de alto perfil de Microsoft. ¿Fue la doctrina antimonopolio, en gran parte desarrollada en una era pasada de industrias de chimeneas, diseñada adecuadamente para su uso en los mercados de software? Escribiendo en 2000, Richard Posner proporcionó lo que se convirtió en la respuesta consensuada: “la doctrina antimonopolio es lo suficientemente flexible. . . para tomar en serio los problemas competitivos presentados por la nueva economía “.

Más de una década más tarde, la doctrina antimonopolio se encuentra de nuevo frente a una “nueva economía”. Las computadoras se ajustan a los bolsillos y se pueden usar como anteojos. Las aplicaciones de software -y, de hecho, la informática en sí misma- se entregan cada vez más como un servicio, en lugar de instalarse como un producto. Las preocupaciones sobre los sistemas operativos de computadora de escritorio que motivaron a Microsoft parecen cada vez más pintorescas en el siglo XXI. ¿La doctrina antimonopolio es “lo suficientemente flexible” para abordar la manipulación de los resultados de búsqueda? Colusión basada en algoritmos? ¿Mercados que involucran productos digitales “gratuitos”?

 

Texto completo disponible en: https://poseidon01.ssrn.com/delivery.php?ID=510070086111086093122120011088019117052035053080091016022065117009095073106098029093043053024038005001055089020071087003003093041021059082052096119127127007029016066036045082067122026089121018079081025118123000016067028068097002005016001099004095016110&EXT=pdf

 

Fusiones: la Comisión alega que Facebook proporcionó información engañosa sobre la adquisición de WhatsApp (comunicado de prensa)

20 de diciembre de 2016.

Abstract: La Comisión Europea envió un pliego de cargos a Facebook alegando que la empresa proporcionó información incorrecta o engañosa durante la investigación de 2014 de la Comisión bajo el Reglamento de Fusión de la UE de la adquisición de WhatsApp planificada por Facebook.

La Comisaria Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: “Las empresas están obligadas a proporcionar a la Comisión información precisa durante las investigaciones de fusión. Deben tomar esta obligación en serio. Nuestra revisión oportuna y efectiva de las fusiones depende de la exactitud de la información provista por el En este caso específico, la opinión preliminar de la Comisión es que Facebook nos dio información incorrecta o engañosa durante la investigación sobre su adquisición de WhatsApp. Facebook ahora tiene la oportunidad de responder.

 

 

Texto completo disponible en: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-4473_en.htm

Asunto M.7217 – Facebook / WhatsApp Decisión de la Comisión de conformidad con el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento nº 139/2004 del Consejo

3 de octubre de 2014.

Abstract: El 29 de agosto de 2014, la Comisión Europea recibió la notificación de una propuesta concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de concentraciones, y previa remisión de conformidad con el artículo 4, apartado 5, del Reglamento de concentraciones, mediante el cual Facebook, Inc. (“Facebook”, EE. UU.) Adquiere en el sentido del Artículo 3 (1) (b) de la Fusión Control de regulación del conjunto de WhatsApp Inc. (“WhatsApp”, EE. UU.) Por medio de compra de acciones (la “Transacción”). Conjuntamente, Facebook y WhatsApp son designados en lo sucesivo como las “Partes”.

 

Texto completo disponible en: http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/decisions/m7217_20141003_20310_3962132_EN.pdf

Bundeskartellamt inicia un proceso contra Facebook por sospecha de haber abusado de su poder de mercado al infringir las normas de protección de datos (comunicado de prensa)

2 de marzo de 2017.

Abstract: El Bundeskartellamt ha iniciado un procedimiento contra Facebook Inc., EE. UU., La filial irlandesa de la empresa y Facebook Germany GmbH, Hamburgo. La autoridad está investigando las sospechas de que con sus términos de servicio específicos sobre el uso de los datos de los usuarios, Facebook ha abusado de su posición posiblemente dominante en el mercado de las redes sociales.

Texto completo disponible en: http://www.bundeskartellamt.de/SharedDocs/Meldung/EN/Pressemitteilungen/2016/02_03_2016_Facebook.html

Portabilidad de datos entre plataformas en línea

11 de junio de 2016.

Abstract: Este documento examina los efectos de la competencia de la portabilidad de datos entre plataformas en línea, proporcionando recomendaciones de políticas para la preservación de mercados competitivos innovadores y sin distorsiones. Basado en un modelo de datos de plataforma, se ilustra cómo se relacionan los usuarios, los datos y los productos de una plataforma. Se determinan los mercados de plataforma que conllevan un riesgo especialmente elevado de abuso de poder en el mercado. Se concluye que el derecho a la portabilidad de datos como en el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea debe interpretarse de manera matizada para evitar efectos adversos sobre la competencia y la innovación.
Información de cita y publicación.

Texto completo disponible en: https://policyreview.info/articles/analysis/data-portability-among-online-platforms

Para un análisis basado en hechos de las actividades de Uber en la Unión Europea: abordar algunos conceptos erróneos

13 de marzo de 2017.

Abstract:  Si bien ya pasaron varios años desde que Uber comenzó sus actividades en Europa, es sorprendente que en la mayoría de los Estados miembros de la UE todavía no exista un marco regulatorio que permita a Uber y otras compañías similares compartir y entregar las eficiencias generadas por su tecnología, asegurando al mismo tiempo el interés público está garantizado El cambio regulatorio se ve obstaculizado por la naturaleza emocional del debate en el que los nuevos participantes como Uber a menudo se caracterizan como villanos, robando negocios de las compañías de taxis y reemplazando los “buenos empleos” con los precarios. Estas acusaciones, que se basan principalmente en conceptos erróneos sobre las actividades de Uber, impiden un debate constructivo y prospectivo sobre cómo aprovechar las grandes oportunidades creadas por Uber y otras empresas que ofrecen servicios de intermediación en línea en términos de conveniencia, asequibilidad y calidad del usuario. servicio, seguridad vial y congestión urbana reducida.

Los objetivos clave de este documento son abordar algunas de las percepciones erróneas más comunes sobre la naturaleza de los servicios de Uber, así como alentar un enfoque basado en hechos para la regulación de estos servicios. Este enfoque basado en los hechos es particularmente importante en un momento en el que se ha pedido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que dicte una resolución preliminar sobre cuestiones relacionadas con la naturaleza jurídica de los servicios de Uber. Además, la Unión Europea parece estar en una encrucijada con la adopción de normativas innovadoras y con visión de futuro en algunos Estados miembros, que permiten a Uber ofrecer sus servicios, al tiempo que se garantiza que se preserve el interés público. Este documento también busca mostrar que los servicios de Uber no tienen que ser etiquetados como “servicios de transporte”, que no lo son, para estar sujetos a regulación. Conforme a la legislación de la Unión Europea, los servicios de intermediación ya pueden estar sujetos a marcos regulatorios no discriminatorios y proporcionales diseñados para proteger el interés público.

Texto completo disponible en: https://poseidon01.ssrn.com/delivery.php?ID=429022106021126126082123121077010120116034070035005055097071017030066089066073014077124004061061006108028026125127119073100028008087047000081005020118117127124006081077040020103110084124072127113099103081112064003066102087090107100084065076007093098&EXT=pdf

Plataformas digitales: ¿Para regular o no para regular? Mensaje a los reguladores: Arregle primero la economía y luego concéntrese en la regulación correcta

 

Plataformas digitales, como Facebook, Google, Amazon, Alibaba, Uber, TaskRabbit, Airbnb o Kickstarter está desempeñando un papel cada vez más importante en la economía al permitir la entrada de nuevos participantes, incluidos los no profesionales operadores, para ofrecer contenido, bienes, servicios o capital a los usuarios de la plataforma. Por facilitando el emparejamiento entre numerosos proveedores y usuarios, las plataformas permiten nuevos usos de los existentes recursos propiedad de individuos (‘mis datos, mi automóvil, mi casa, mis artículos usados, mi dinero …’) y por lo tanto apoyar los intercambios de mercado. También crean nuevas oportunidades de mercado, incluida cierta mano de obra, si no trabajos reales. Traer nuevos participantes al mercado e inscribir a una “nueva” fuerza de trabajo (los conductores de automóviles, los propietarios de casas, propietarios de bienes usados, etc.) o movilizar capital ‘nuevo’ (en manos de particulares personas) a menudo tiene un efecto perturbador en los mercados y operadores existentes, ya sean las compañías de taxis, los hoteles, los distribuidores tradicionales de bienes o las instituciones financieras.
La interrupción se ha convertido en una palabra de moda para designar este nuevo fenómeno, incluso en los medios. Tiene un significado económico cuando se refiere al desafío que presentan los nuevos operadores en línea para los titulares. Pero el término “interrupción” también se asocia con el desafío que los participantes plantean a las leyes existentes. De hecho, las plataformas digitales generan muchas disputas legales, especialmente cuando operan en el margen de las leyes existentes (por ejemplo, derecho laboral en el caso de Uber, derecho de autor y protección de datos) ley en el caso de Google, protección de datos en el caso de Facebook, etc.). Algunas de esas plataformas son más perjudicial desde el punto de vista jurídico que otros. Pero la mayoría, si no todas, las plataformas pueden generar regulaciones específicas cuestiones.

Texto completo disponible en: http://ec.europa.eu/information_society/newsroom/image/document/2016-7/uclouvain_et_universit_saint_louis_14044.pdf

Evaluación de problemas de acceso a datos en plataformas en línea

20 de agosto de 2015.

Abstract: Las plataformas en línea tienen las características de un tipo particular de mercado conocido como ‘multifacético’. Estas empresas crean valor al reunir anunciantes y usuarios. El acceso a los datos del usuario es fundamental para este proceso. Sobre la base de la literatura económica, se discutirán las características de las plataformas de múltiples lados. Se argumentará que las características de las plataformas multilaterales aumentan la probabilidad de que las empresas exitosas se vuelvan dominantes debido a la existencia de efectos de red indirectos. En estas circunstancias, las plataformas dominantes pueden excluir la competencia al aumentar las barreras de entrada en las grandes colecciones de datos de los usuarios. Esto puede dar lugar a problemas de acceso para los competidores y los nuevos participantes que necesitan acceder a los datos recopilados por las plataformas dominantes para proporcionar servicios competitivos o complementarios. Se utilizará un análisis jurídico comparativo para evaluar los estándares que se aplican en los Estados Unidos (EE. UU.) Y la Unión Europea (UE) para encontrar responsabilidad por las negativas a tramitar conforme a la legislación antimonopolio o de competencia. Los casos privados antimonopolio que ya han ocurrido con respecto al acceso a datos de usuarios en los Estados Unidos muestran que el alcance de la aplicabilidad de la doctrina de las instalaciones esenciales es muy limitado después de la sentencia del Tribunal Supremo en Trinko. Aunque la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia parecen estar dispuestos a aceptar la responsabilidad por una negativa a negociar más fácilmente que sus contrapartes estadounidenses, aún se deben cumplir altos obstáculos legales bajo la doctrina de las instalaciones esenciales en la Unión Europea. Sin embargo, hay escenarios en los que es probable que se acepte en la Unión Europea la responsabilidad por la negativa a dar acceso a los datos.

Texto completo disponible en: https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=2647309