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Minuta sobre regulación de Licencias Obligatorias en Chile

Las patentes son un título de propiedad que otorga a su titular el derecho de explotar una invención o productor. Por explotación se entenderá la fabricación, el uso, la venta o la importación del producto patentado. Los titulares de las patentes tienen la facultad de otorgar licencias a terceros, bajo las condiciones que ellos acuerden permitiéndoles explotar su patente, generalmente mediando el pago de regalías en favor del titular. Dentro de este contexto hacen aparición las licencias obligatorias que son, tal como su nombre indica, licencias pero que debido a causas justificadas deben ser otorgadas por los titulares sin que medie su voluntad . Las causas que permiten la declaración de una licencia obligatoria están reguladas por ley y se ciñen, además, a preceptos de derecho internacional.
En el presente documento se abordará la regulación internacional, las disposiciones del derecho chileno y, finalmente, ejemplos de aplicación de licencias obligatorias. Cabe destacar que el foco de este trabajo está en el uso de licencias obligatorias por motivos de salud pública.
Esta institución está permitida en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC (propiedad intelectual) a condición de que se cumplan ciertos procedimientos y condiciones. La aplicación de las licencias obligatorias fue extendida posteriormente en la Declaración de Doha del 14 de noviembre de 2004.

Para mas información ver Licencias Obligatorias en Chile