Concurso de Microrrelatos “Covid – 19 y Acceso a la Salud, escribiendo por la solidaridad”

Para difundir las problemáticas para el acceso a los medicamentos y tecnologías contra el Covid -19, y la necesidad de liberar el conocimiento para que esos medicamentos lleguen a todos a quienes la necesitan, Corporación Innovarte convoca el Concurso de Microrrelatos de 250 palabras máximo denominado “Covid – 19 y Acceso a la Salud, escribiendo por la solidaridad”. Abierto a todos los escritores en castellano, de cualquier edad, nacionalidad o residencia hasta el 22 de septiembre de 2020 a las 23 horas de Chile. Premio al ganador seleccionado por jurado es de 400 dólares de EE.UU. Premio a ganador seleccionado por público es de 200 dólares de EE.UU.

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OBJETIVOS

Incentivar la creación literaria  en torno a la problemática del acceso a los medicamentos, vacunas y otras tecnologías contra el covid -19   o coronavirus  y su relación con la propiedad intelectual, patentes, secretos industriales  que pueden limitar su disponibilidad. y acceso equitativo a todos los habitantes del mundo. Así como reconocer el rol de la iniciativa de la Organización Mundial de la Salud,  denominado  Covid -Technology Pool  o  C- TAP de la Organización Mundial de la Salud que busca  fomentar la colaboracion  y disponibilidad equitativa de esas tecnologías  para  que los laboratorios, investigadores y gobiernos pongan los datos y  el  conocimiento para la producción de esos medicamentos, vacunas y tecnologías  a disposición de todos  quienes lo necesiten, mediante autorizaciones voluntarias para su uso de manera no discriminativa.

 

RECEPCIÓN DE MICRORRELATOS CERRADA

 

BASES CONCURSO

“Covid – 19 y Acceso a la Salud, escribiendo por la solidaridad.”

1. Podrán participar todas las personas  que escriban  en lengua castellana, de cualquier nacionalidad, edad o lugar de residencia.

2 1. La temática de los cuentos debe estar relacionada  con las problemáticas o inequidades   para la producción  o  acceso   tecnologías,  medicamentos  o  vacunas para el  COVID- 19  ( Coronavirus)   y   la necesidad de liberar   o  compartir  el conocimiento para fabricar o poner a disposición  esas vacunas, medicamentos o tecnologías, para que puedan llegar a todos los que las requieran en cualquier parte del mundo.

2.2 Criterios de selección: a) Capacidad de sensibilizar o comprometer al lector con la temática, b) La conformación narrativa o poética de la obra propuesta debe demostrar versatilidad en la aplicación de variados recursos literarios, c) otros que determine el jurado.

3. Los cuentos deben ser estrictamente inéditos y no superar las 250  palabras, sin contar el título.

4. Cada participante puede presentar un máximo de 3 cuentos  los cuales puede enviar ingresando al sitio www.innovarte.org  y siguiendo las instrucciones que ahí se especifican.

5. También es posible enviar los cuentos  por correo electrónico  a “concurso@innovarte.cl”  y  deberá incluirse una copia de cada cuento con título y seudónimo, además de un documento que contenga los siguientes datos: seudónimo, título(s) del(os) cuento(s), nombre completo, edad, dirección,  correo electrónico y teléfono/celular de contacto.  Los textos se presentarán en archivos WORD exclusivamente, con el título en negrita encabezando el texto. En la casilla “Asunto” del correo deberá aparecer el título de los textos presentados. La recepción de textos comienza el 25 de agosto de 2020 y termina el día 22 de septiembre de 2020.

6. El plazo de recepción se abrirá el 25 de agosto  de 2020 y cerrará   el  22 de septiembre  de 2020 a las 23.00 horas.

7. El jurado estará integrado por dos destacados escritores  y un representante de una organización vinculada a la salud,  quienes contarán con la colaboración de un comité de preselección coordinado por los organizadores.

8. El jurado seleccionará  veinte  cuentos finalistas, de los cuales dirimirá un Primer Lugar,   y cinco menciones Honrosas entre todos quienes hayan participado.

9. El cuento ganador del Primer lugar recibirá $ 400 ( cuatrocientos) dólares de EE.UU. 

10. Los  20  cuentos finalistas se publicarán en  www.innovarte.org  para que, en una votación abierta a través de este mismo sitio y o redes sociales, se elija el Premio  Redes Sociales, cuyo ganador recibirá un premio de  $ 200 ( doscientos) dólares de EE.UU. Los detalles para la votación se señalarán en dicho sitio web.

11. Los participantes ganadores recibirán su premio por transferencia electrónica, para lo que deberán entregar a Corporación Innovarte los datos para esos efectos  dentro de los 10 días de notificados de su calidad de ganadores al correo que han indicado en su postulación. El pago se realizará dentro de los 20 días siguientes de recibida la información requerida.

12. No se devolverán los cuentos recibidos.

13. Los cuentos deben tener el carácter de originales (de autoría propia) e inéditos (no haber sido publicados antes en cualquier formato). En caso de infringirse lo anterior, el participante será plenamente responsable por todo tipo de daños y los organizadores podrán ejercer las acciones judiciales que correspondan.

14. La sola participación en el concurso significará  la aceptación de estas bases y otorga  licencia de los derechos de autor respectivos, gratuita, sin límite  territorial, y por todo el plazo de duración de dichos derechos  a Corporación Innovarte, para que, Corporación Innovarte   ejerzan todos los derechos patrimoniales de autor   para  editar, publicar, difundir distribuir, traducir, transformar, adaptar, comunicar al público, poner a disposición,  sincronizar  y reproducir en cualquier medio  o formato todas las obras participantes. Corporación Innovarte podrá sub licenciar    todas y cualquiera de dichas facultades patrimoniales de derechos de autor a terceros. Esta licencia no impide la publicación por parte del autor por su propia cuenta, o el otorgamiento de licencias no exclusivas a terceros.

15. Por la sola participación en el concurso el autor acepta que su cuento, junto con su nombre y apellidos, edad   y país de residencia  puedan ser incorporados en la edición digital  de los   50  mejores cuentos del concurso.

16. Una vez finalizado el concurso, todos las obras que fueron presentadas serán puestas a disposición del público para su descarga sin fines de lucro en el sitio web de corporación innovare www.innovarte.org Dicha descarga será bajo licencia creative commons

Atribución-NoComercial-CompartirIgual
CC BY-NC-SA

17. Mayor información respecto de las problemáticas, inequidades o desafíos respecto de la producción y acceso a las tecnologías de salud para el Covid, los obstáculos referidos a la propiedad intelectual, así como iniciativas para superarlas pueden ser revidadas entre otros en :

https://news.un.org/es/story/2020/05/1475182

http://spanish.xinhuanet.com/2020-05/30/c_139099519.htm

https://www.who.int/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/global-research-on-novel-coronavirus-2019-ncov/covid-19-technology-access-pool

https://www.msf.es/nuestra-accion/coronavirus

https://ecija.com/sala-de-prensa/costa-rica-covid-19-y-la-propiedad-intelectual-de-las-invenciones-medicas-la-propuesta-a-la-oms

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Carta a la OMS sobre el Observatorio de I + D

Se adjunta una carta en nombre de Corporación Innovarte, Health Action International, Knowledge Ecology International, Medicines Law & Policy, Pharmaceutical Accountability Foundation y Wemos que refleja nuestros puntos de vista sobre el Observatorio mundial de la OMS sobre I + D en salud.

Dr. Soumya Swaminathan
Científico en jefe
Organización Mundial de la Salud
Avenue Appia 20
1211 Ginebra 27
Suiza

28 agosto 2020

Estimado Dr. Soumya Swaminthan:

Le escribimos para solicitar formalmente que el Observatorio Mundial de Investigación y Desarrollo en Salud de la OMS desempeñe un papel más útil y relevante en la respuesta al COVID-19, especialmente en su apoyo a otras iniciativas de la OMS, como el Fondo Tecnológico COVID-19. En concreto, estamos pidiendo que el Observatorio cree sus propias bases de datos de la actividad de I + D + i relacionada con COVID-19.

En la actualidad, el Observatorio funciona en gran medida como una página web que enlaza con datos de otras organizaciones, con algunas visualizaciones de datos que pueden o no abordar las necesidades de los formuladores de políticas e investigadores de evidencia para guiar y evaluar políticas y prácticas.

Con respecto a la crisis del COVID-19, solicitamos al Observatorio que mantenga sus propias bases de datos que contengan la siguiente información:

I.Ensayos clínicos sobre medicamentos, vacunas y otras intervenciones.

Incluyendo, entre otros, la siguiente información para cada ensayo:

1.El patrocinador o patrocinadores del ensayo.

2.La matrícula propuesta y real.

3.El financiador o financiadores del ensayo, así como:

a.La cantidad de dinero y el porcentaje de los costos totales proporcionados por los gobiernos.

b.La cantidad de dinero y el porcentaje de los costos totales proporcionados por la industria.

c.La cantidad de dinero y el porcentaje de los costos totales proporcionados por otras fuentes, incluidas fundaciones y organizaciones benéficas.

4.Los resultados del ensayo.

Notamos que el Presidente de Costa Rica y el Ministro de Salud de Costa Rica hicieron una solicitud similar del Observatorio en la carta al Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, el 23 de marzo de 2020:

También solicitamos que el Observatorio Global de Investigación y Desarrollo en Salud cree una base de datos de la actividad de investigación y desarrollo relacionada con COVID-19, que incluya estimaciones de los costos de los ensayos clínicos y los subsidios proporcionados por gobiernos y organizaciones benéficas.

II. Contratos

Solicitamos que el Observatorio mantenga una base de datos de todos los contratos de financiación para I + D relacionados con las tecnologías COVID-19, así como todos los contratos de compra anticipada que pretenden inducir o reducir el riesgo de inversiones en I + D.

III. Licencias de patentes, datos, conocimientos técnicos y otros derechos de propiedad intelectual

Solicitamos que el Observatorio mantenga una base de datos de derechos de licencia en patentes, datos, know-how y otros derechos de propiedad intelectual, para tecnologías COVID-19. Esta base de datos puede incluir información sobre las patentes específicas incluidas en dicha licencia, el alcance geográfico de la licencia y el estado de las patentes, el término de la patente principal y el término de exclusividad, las tarifas iniciales, pagos por hitos y regalías, y cláusulas, si las hubiera. , relacionado con la fijación de precios o la asequibilidad, y abordar el acceso en los países en desarrollo, así como otros términos y condiciones, y los ingresos recibidos de tales licencias; estos datos serían fundamentales para poner en común la propiedad intelectual y el conocimiento de las respuestas COVID-19 a través de C-TAP.

Para que esto suceda, sugerimos que el Observatorio Global de Investigación y Desarrollo en Salud de la OMS envíe solicitudes por separado a cada uno de sus estados miembros que están financiando I + D para COVID-19, pidiendo que compartan dicha información en las bases de datos públicas del Observatorio.

Sinceramente,

Corporación Innovarte

Health Action International

Knowledge Ecology International

Ley y política de medicamentos

Fundación de Responsabilidad Farmacéutica

Wemos

Carta a los ministros de Salud y de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación

El  motivo de las cartas es consultar sobre las medidas que están adoptando ambos ministerios a efectos de difundir y comprometer a las instituciones receptoras de fondos públicos, que buscan dar solución a las problemáticas asociadas al COVID-19 para asegurar que los resultados de esos desarrollos queden a disposición de todos quienes lo requieran en nuestro país. 

El Consejo de los ADPIC debatirá la PI y el interés público en el contexto de Covid-19

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Por Ellen ‘t Hoen -29 de julio de 2020

La búsqueda de nuevos tratamientos y vacunas necesarias para responder al brote de Covid-19 ha dejado al descubierto algunos temas clave en torno a la propiedad intelectual (PI) y el interés público. La OMS ha respondido con el lanzamiento de un conjunto de acceso a la tecnología Covid-19 el 29 de mayo para compartir IP, conocimiento, know-how, tecnología y datos necesarios para desarrollar y producir vacunas terapéuticas y herramientas de diagnóstico.

La discusión sobre el intercambio de tecnologías clave necesarias durante la pandemia ahora también está siendo abordada por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Sudáfrica ha puesto el debate en la agenda del Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) del 30 de julio, el órgano de la OMC que rige las normas de PI acordadas por los Estados miembros, con una Comunicación titulada “Propiedad intelectual e interés público : Más allá del acceso a medicamentos y tecnologías médicas hacia un enfoque más holístico de las flexibilidades de los ADPIC “.

Serviría al interés público compartir globalmente nuevos conocimientos y herramientas que se están desarrollando para responder a Covid-19, pero el emergente nacionalismo de las vacunas de los últimos meses muestra una tendencia a alejarse de las elevadas promesas de solidaridad expresadas durante los primeros días de la pandemia, hacia un mundo donde cada país está luchando por sus propios intereses.

Ya ha habido una serie de disputas de propiedad intelectual en torno a las tecnologías médicas necesarias para Covid-19 y algunos países han agudizado sus leyes de patentes para permitir el uso rápido de las licencias obligatorias si fuera necesario para garantizar el acceso a las tecnologías relacionadas con Covid-19. Vea nuestro blog anterior para más detalles. Desde la pandemia del VIH / SIDA de los años noventa, las licencias obligatorias y el uso gubernamental de las patentes de medicamentos han sido reconocidas y desplegadas para acceder a tratamientos de menor precio necesarios para luchar contra la enfermedad. Para obtener una descripción detallada del uso de estas ‘flexibilidades de los ADPIC’, consulte nuestra Base de datos de flexibilidades de los ADPIC.  Pero en el contexto de las tecnologías Covid-19, las clásicas Flexibilidades TRIPS por sí solas no serán suficientes.

Sudáfrica ahora propone en el Consejo de los ADPIC un enfoque más holístico para el uso de las flexibilidades de los ADPIC para diversas tecnologías y diversas formas de PI más allá de las patentes, incluidos los diseños industriales, los derechos de autor y los secretos comerciales. La presentación menciona tecnologías para ayudar a detectar, diagnosticar y rastrear a las personas infectadas con el virus, equipos de protección, tecnologías de teléfonos inteligentes, software (por ejemplo, necesario para la impresión 3D), algoritmos de inteligencia artificial, datos y bases de datos. El país argumenta que las flexibilidades de los ADPIC deberían expandirse a esas áreas, pero también reconoce que el uso de flexibilidades para muchos países en desarrollo sigue siendo un desafío.

La Comunicación de Sudáfrica invita a los miembros de la OMC a abordar las siguientes preguntas:

  1. ¿En qué medida se comprenden bien las flexibilidades de los ADPIC en áreas fuera de la protección de patentes? ¿Cómo están implementando los Miembros tales entendimientos en sus leyes nacionales y regionales?
  2. ¿Cuáles son las dificultades probables que los Miembros pueden enfrentar al lidiar con un panorama tecnológico cambiante donde los derechos de propiedad intelectual incorporados pueden afectar la dicotomía entre los derechos de propiedad intelectual como derechos privados y las dimensiones de interés público reconocidas en el Acuerdo sobre los ADPIC?
  3. ¿Cuáles son los beneficios y las limitaciones de iniciativas como las licencias voluntarias y las promesas de acceder a la tecnología que tanto necesitan para enfrentar la pandemia de Covid-19?
  4. ¿Existen circunstancias en las que los secretos comerciales se pueden compartir de manera más amplia? Si es así, ¿cuáles son esas circunstancias? ¿Las pandemias de salud nacionales o internacionales entrarían en esta categoría?

Thiru Balasubramaniam de Knowledge Ecology International, un grupo que monitorea de cerca los desarrollos en el Consejo de los ADPIC, explica por qué espera debates acalorados esta semana.  Él dijo: “La propuesta sudafricana se esfuerza por levantar el velo del secreto que inhibe la transferencia de tecnología profunda. Sudáfrica ha identificado los secretos comerciales como cruciales para permitir la producción de vacunas y medicamentos. Al abordar la pregunta en el Consejo de los ADPIC de la OMC sobre si las circunstancias exigentes, incluida la actual pandemia de Covid-19, permitirían compartir ampliamente los secretos comerciales, esperaría un acalorado debate en la OMC sobre si las normas comerciales actuales son adecuadas para propósito en la respuesta Covid-19 “.

El Consejo de los ADPIC se reunirá el 30 de julio para discutir el documento de Sudáfrica.

Ante las compañías que cada vez tienen más planes explícitos de beneficiarse de la pandemia y el creciente nacionalismo de las vacunas, en particular por parte de las naciones ricas, el llamado a un acuerdo vinculante para ‘liberar la vacuna’ suena cada vez más fuerte. La ex primera ministra de Nueva Zelanda, Helen Clark, y el director ejecutivo de ONUSIDA, Winnie Byanyima, pidieron una vacuna libre de monopolio y un eficaz Fondo Tecnológico Covid-19 de la OMS con planes para una distribución equitativa.

En un próximo artículo, los profesores de derecho Frederic Abbott y Jerome Reichman proponen que los países establezcan instalaciones de licencias obligatorias a gran escala para compartir la PI relacionada con las tecnologías de salud de Covid-19. Explican que dichos servicios de licencias cumplirían con el artículo 31 del Acuerdo sobre los ADPIC (licencia obligatoria) y el artículo 73 (excepción de seguridad nacional). Reconocen que las instalaciones de licencias que proponen pueden toparse con obstáculos causados ​​por la exclusión voluntaria del Artículo 31bis del Acuerdo sobre los ADPIC como importador por varios países de altos ingresos y proponen varias vías para que puedan ‘optar nuevamente’. Hemos abordado el tema de exclusión voluntaria del Artículo 31bis en esta nota informativa .

Y más recientemente, Thomas Bollyky del Consejo de Asuntos Exteriores y Chad Brown propusieron un acuerdo vinculante de comercio e inversión para establecer un sistema equitativo y exigible para asignar las vacunas Covid-19.

Además, un grupo impresionante de premios Nobel, ex presidentes y primeros ministros y varios líderes de la sociedad exigen medidas legales para fabricar las vacunas Covid-19 de bienes comunes globales.

Carta abierta al ministro de Salud, Sr. Enrique Paris, y al subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales, Sr. Rodrigo Yáñez

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Gremios y ONGs  que defienden acceso a la salud  envían carta al Ministerio de Salud y Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales para que apoyen la propuesta de Sudáfrica hacia un enfoque integrado de las flexibilidades de la propiedad intelectual en el acuerdo de los ADPIC de la OMC.

DESCARGAR CARTA

Para más información leer Propuesta de Sudáfrica

Propuesta de Sudáfrica hacia un enfoque integrado de las flexibilidades de la propiedad intelectual en el acuerdo de los ADPIC de la OMC

Consejo de los ADPIC de la OMC (julio de 2020): presentación de Sudáfrica sobre PI y el interés público: más allá del acceso a medicamentos y tecnologías médicas hacia un enfoque más holístico de las flexibilidades de los ADPIC

Publicado en 21 de julio de 2020por Thiru

El viernes 17 de julio de 2020, Sudáfrica presentó un documento al Consejo de los ADPIC de la Organización Mundial del Comercio (OMC) titulado Propiedad intelectual e interés público: más allá del acceso a medicamentos y tecnologías médicas hacia un enfoque más holístico de las flexibilidades de los ADPIC. Esta presentación ( documento IP / C / W / 666 ) se debatirá en la próxima sesión del Consejo de los ADPIC el 30 de julio de 2020.

Al establecer la premisa de su presentación, Sudáfrica señaló que la respuesta COVID-19 requería mirar más allá de las patentes hacia un “enfoque más integrado a las flexibilidades de los ADPIC que incluye otros tipos de derechos de propiedad intelectual (PI), incluidos los derechos de autor, diseños industriales y comercio secretos “(Fuente: IP / C / W / 666).

El uso de las flexibilidades de los ADPIC para abordar un problema de salud pública generalmente se considera un asunto relacionado con las patentes. Sin embargo, la pandemia de COVID-19 requiere un enfoque más integrado de las flexibilidades de los ADPIC que incluye otros tipos de derechos de propiedad intelectual (PI), incluidos derechos de autor, diseños industriales y secretos comerciales. El uso de las flexibilidades de los ADPIC en otras áreas de la propiedad intelectual, más allá de las patentes, se entiende menos a nivel nacional. De hecho, en otros campos de la propiedad intelectual, las leyes nacionales de propiedad intelectual pueden ni siquiera proporcionar flexibilidad suficiente para abordar los problemas de acceso. Una variedad de derechos de PI son relevantes en la lucha contra COVID-19 (Fuente: Ibid).

En dispositivos médicos esenciales, la presentación de Sudáfrica indica:

La crisis de COVID-19 creó la necesidad de producir equipos esenciales y suministros médicos, existe una creciente necesidad de poder fabricar dispositivos médicos esenciales como máscaras, ventiladores y otros equipos de protección personal. A medida que el debate sobre COVID-19 va más allá de los problemas médicos, la naturaleza de la pandemia requiere enfoques no médicos para detectar, diagnosticar y rastrear el coronavirus. Los estudios han encontrado que los niveles de anticuerpos neutralizantes contra el SARS-CoV-2 permanecen altos durante algunas semanas después de la infección, pero generalmente comienzan a disminuir. Hasta ahora, solo se ha erradicado una enfermedad infecciosa comparable a COVID-19 en su amplia distribución geográfica, esta enfermedad es la viruela.

Otros bienes y servicios que se necesitan para hacer frente a la epidemia incluyen equipos de protección, como máscaras, caretas y desinfectantes para manos. Dichos equipos y materiales permanecen en escasez crítica en muchos países del mundo. Muchos Miembros de la OMC carecen de capacidad de fabricación nacional y dependerían de las importaciones para satisfacer sus necesidades médicas. (Fuente: Ibid).

En relación con las licencias obligatorias y el Artículo 31bis del Acuerdo sobre los ADPIC, el documento enfatizó que muchos países en desarrollo enfrentan “desafíos legales, técnicos e institucionales en el uso de las flexibilidades de los ADPIC”.

Cuando un país exportador está produciendo bajo una licencia obligatoria principalmente para exportación, sería aplicable el mecanismo establecido por la decisión del 30 de agosto de 2003, y luego traducido en una enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC como Artículo 31bis. Este mecanismo renuncia a la condición del artículo 31 (f) de que una licencia obligatoria debe ser predominantemente para el abastecimiento del mercado interno. Cabe señalar que la implementación del mecanismo del Artículo 31bis a nivel nacional es muy limitada y puede no alcanzar los objetivos previstos. En cualquier caso, muchos países en desarrollo Miembros también pueden enfrentar desafíos legales, técnicos e institucionales al usar las flexibilidades de los ADPIC. Esto es especialmente cierto para los países que nunca han utilizado flexibilidades como las licencias obligatorias (Fuente: Ibid).

La presentación de Sudáfrica describe el Fondo de Acceso a la Tecnología COVID-19 de la OMS (C-TAP),

La Organización Mundial de la Salud ha lanzado el Grupo de Acceso a la Tecnología COVID-19 (C-TAP), entre otras cosas, pidiendo a los titulares de propiedad intelectual que otorguen licencias voluntarias de dichos derechos de forma “no exclusiva y global al Grupo de Patentes de Medicamentos establecido y respaldado por UNITAID y / oa través de otros mecanismos de investigación y desarrollo de salud pública, consorcios o iniciativas que faciliten el acceso global y transparente; y / o la no aplicación voluntaria de los derechos de propiedad intelectual, según corresponda, durante la pandemia de COVID-19, para facilitar la producción, distribución, venta y uso a gran escala de tales tecnologías sanitarias en todo el mundo “. Sin embargo, hasta la fecha ninguna empresa se ha comprometido a hacerlo. En cambio, la licencia voluntaria limitada, exclusiva y a menudo no transparente es el enfoque preferido de las compañías farmacéuticas,

La presentación sudafricana de COVID-19 detalla ejemplos de tres áreas donde han surgido tensiones políticas relacionadas con la propiedad intelectual en la respuesta de COVID-19: 1) Big data fuera del sistema de salud, 2) tecnología de impresión 3D y 3) Secretos comerciales.

Sobre big data, el periódico sudafricano señaló:

Se han utilizado teléfonos inteligentes, datos móviles, inteligencia artificial, bases de datos y algoritmos en la pandemia de COVID-19 para aprovechar la detección, el control y el control del virus. Los diferentes tipos de derechos de propiedad intelectual son relevantes para proteger los algoritmos de IA, algunos pueden estar protegidos por derechos de autor y secretos comerciales, mientras que otra tecnología está protegida por patentes, mientras que los derechos de bases de datos y los secretos comerciales también pueden ser relevantes.

Si bien estos enfoques ayudan con los esfuerzos para contener la propagación del virus, pueden plantear problemas sobre el derecho a la privacidad y las libertades personales. También pueden surgir problemas de seguridad nacional en el contexto del artículo 73 del Acuerdo sobre los ADPIC (Fuente: Ibid).

En relación con la impresión 3D, Sudáfrica proporcionó un ejemplo de una disputa de propiedad intelectual de Italia que involucra válvulas de ventilación.

Sudáfrica concluyó que

Este caso demuestra claramente la interfaz entre IP y las nuevas tecnologías como la impresión 3D y puede requerir una mejor comprensión de cómo se puede lograr un equilibrio entre los titulares de derechos y terceros. Se han logrado enfoques más colaborativos a través de varios mecanismos de agrupación para el acceso a medicamentos, esto también es cierto para compromisos de IP más genéricos que cubren una amplia gama de aplicaciones de equipos, software, redes y dispositivos útiles en atención médica, contención, seguimiento, diagnóstico, respuesta de emergencia y distanciamiento social. Sin embargo, tales enfoques son limitados y pueden requerir acciones del lado de las autoridades nacionales para garantizar el acceso a dichas tecnologías donde las promesas o licencias voluntarias no pueden garantizarse en términos comercialmente razonables (Fuente: Ibid).

En relación con los secretos comerciales, Sudáfrica hizo hincapié en que,

Los posibles secretos comerciales incluyen procesos de fabricación, datos de pruebas, fórmulas médicas y más. Para las vacunas y otros medicamentos biológicos, las líneas celulares, la información genómica y otros materiales biológicos también pueden guardarse como secretos comerciales. Los datos sobre la efectividad de los medicamentos y las vacunas son secretos comerciales. Incluso la llamada información negativa —información sobre lo que no funciona— puede ser un secreto comercial (Fuente: Ibid).

Antes de la reunión del Consejo de los ADPIC de julio, Sudáfrica planteó las siguientes cuatro preguntas para que los miembros de la OMC las aborden. La cuarta pregunta sobre los secretos comerciales puede provocar un debate y una reflexión sólidos a medida que los miembros de la OMC aborden si las reglas comerciales son adecuadas para su propósito en la respuesta COVID-19.

1. ¿En qué medida se comprenden bien las flexibilidades de los ADPIC en áreas fuera de la protección de patentes? En caso afirmativo, ¿cómo están implementando los Miembros esos entendimientos en sus leyes nacionales y regionales?

2. ¿Cuáles son las dificultades probables que los Miembros pueden enfrentar al lidiar con un panorama tecnológico cambiante donde los derechos de propiedad intelectual incorporados pueden afectar la dicotomía entre los derechos de propiedad intelectual como derechos privados y las dimensiones de interés público reconocidas en el Acuerdo sobre los ADPIC?

3. ¿Cuáles son los beneficios y las limitaciones de iniciativas como las licencias voluntarias y las promesas de acceder a la tecnología muy necesaria para enfrentar la pandemia de COVID-19?

4. ¿Existen circunstancias en las que los secretos comerciales se pueden compartir de manera más amplia? Si es así, ¿cuáles son esas circunstancias? ¿Las pandemias de salud nacionales o internacionales entrarían en esta categoría?

VER TEXTO EN SU IDIOMA ORIGINAL (INGLES)

Innovarte prepara análisis legal sobre disposiciones de los ADPIC para importar y exportar medicamentos bajo licencias obligatorias

Innovarte prepara análisis legal sobre disposiciones de los ADPIC referidas a la importación y exportación de medicamentos bajo licencias obligatorias. Este análisis, con la firma de diferentes ONG vinculadas a la salud fue presentado a la Comisión Mixta de Salud del Senado de Chile, con fecha 14 de junio de 2020.

Se realizó webinar “Pool de Patentes y Licenciamiento en tiempos de Pandemia: Acceso a la Salud y Colaboración Internacional”

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El panel fue moderado por Luis Villarroel, director de Innovarte. Licensing Executives Society Chile (LES CHILE) organizó este miércoles 8 de octubre esta actividad con el objetivo de difundir las iniciativas de colaboración internacional y recursos disponibles en iniciativas de investigación y desarrollo colaborativas, así como los modelos de licenciamiento emergentes que facilitan el acceso a tecnologías patentadas, en el marco de las oportunidades y desafíos de la innovación en tiempos de pandemia.

Presentación Carmen Casas

Presentación Erika Dueñas

Presentación Esteban Burrone

Patentes farmacéuticas, cuidando la salud y el bolsillo de Chile

En fecha 14 de Junio, el abogado Luis Villarroel, Director de Innovarte, informó que esta semana se aprobó  en la Comisión Mixta de Salud del Congreso una cuestión fundamental para garantizar el acceso a medicamentos y tecnologías médicas en casos de emergencia, conocido como los “usos de gobierno”,  los cuales permiten al ministerio de Salud importar medicamentos patentados  en casos de emergencia,  sin pedir autorización al titular de la patente, eso sí, pagándole una remuneración adecuada. Sin  perjuicio de lo anterior, la indicación que buscaba asegurar que Chile no pague dos veces por una misma patente para el mismo producto, no fue aprobada, lo que pone en riesgo el interés nacional, y expone a un gasto injustificado al erario nacional.

https://opinion.cooperativa.cl/opinion/economia/patentes-farmaceuticas-cuidando-la-salud-y-el-bolsillo-de-chile/2020-06-14/100039.html