La Oficina Federal de Cártel investiga a Facebook: ¿Cuándo la recopilación de datos se convierte en abuso de mercado?

7 de marzo de 2016

Abstract: El 2 de marzo de 2016, la Oficina Federal de Cártel (FCO) informó al público que había iniciado una investigación contra Facebook por el presunto comportamiento abusivo en el mercado de los sitios de redes sociales.

El FCO sospecha que las disposiciones sobre recopilación y uso de datos en los términos de uso de Facebook no cumplen con los requisitos de la ley alemana de protección de datos. Si bien la mera infracción de la ley de protección de datos no equivale a una infracción de las leyes antimonopolio, el FCO tiene la intención de revisar si Facebook puede afirmar sus términos de uso solo debido a la falta de competencia sustancial y por lo tanto tener una posición dominante en el mercado. Si es así, la conducta de Facebook puede calificar como un “abuso por medio de términos comerciales”.

Texto completo disponible en: https://www.noerr.com/en/newsroom/News/federal-cartel-office-investigates-facebook-%E2%80%93-when-does-data-collection-become-market-abuse.aspx

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)

20 de diciembre de 2017.

Abstract: «Procedimiento prejudicial — Artículo 56 TFUE — Artículo 58 TFUE, apartado 1 — Servicios en el ámbito de los transportes — Directiva 2006/123/CE — Servicios en el mercado interior — Directiva 2000/31/CE — Directiva 98/34/CE — Servicios de la sociedad de la información — Servicio de intermediación que permite, mediante una aplicación para teléfonos inteligentes, conectar a cambio de una remuneración a conductores no profesionales que utilizan su propio vehículo con personas que desean realizar desplazamientos urbanos — Exigencia de una autorización»

 

Texto completo disponible en: http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=198047&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=823044

CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. MACIEJ SZPUNAR (Texto completo)

11 de mayo de 2017

Abstract: Si bien es cierto que el desarrollo de nuevas tecnologías es en general objeto de controversia, Uber se presenta como un caso aparte. Su modo de funcionamiento suscita críticas e interrogantes, pero también esperanzas y nuevas expectativas. Por citar únicamente los aspectos jurídicos, el modo de funcionamiento de Uber ha generado cuestiones en lo que atañe, en particular, al Derecho de la competencia, a la protección de los consumidores y al Derecho del trabajo. En el plano económico y social, se ha llegado a acuñar el término «uberización». Por lo tanto, mediante la presente petición de decisión prejudicial el Tribunal de Justicia conoce de una problemática altamente politizada y mediatizada.

Texto completo disponible en: http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=190593&doclang=ES

Conclusiones del Abogado General en el asunto C-434/15 Asociación Profesional Élite Taxi / Uber Systems Spain, S.L. (Comunicado de prensa)

11 de mayo de 2017

Abstract: Uber es una plataforma electrónica que, a través de un teléfono inteligente provisto de la correspondiente aplicación, permite solicitar un servicio de transporte urbano en las ciudades en las que está presente. La aplicación reconoce la localización del usuario y encuentra los conductores disponibles que se hallan en las inmediaciones. Cuando un conductor acepta la carrera, la aplicación informa al usuario, mostrándole el perfil del conductor y una estimación del precio del trayecto hasta el destino indicado por el usuario.

Texto disponible en: https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2017-05/cp170050es.pdf

LA ECONOMÍA DE LOS DATOS. RETOS PARA LA COMPETENCIA.

Noviembre de 2016.

Abstract: La Autoritat Catalana de la Competència (en adelante, «ACCO») es un organismo de la Generalitat de Catalunya de carácter independiente, regulado por la Ley 1/2009 de 12 de febrero de la Autoritat Catalana de la Competència, que, de conformidad con el art 2.1 de esta norma «tiene el objetivo de garantizar, mejorar y promover las condiciones de libre competencia y transparencia en los mercados respecto de las actividades económicas que se ejercen principalmente en Cataluña».

Texto completo disponible en: http://acco.gencat.cat/web/.content/80_acco/documents/arxius/actuacions/Eco-Datos-y-Competencia-ACCO.pdf

Acciones para las infracciones de la legislación antimonopolio de la Unión Europea

20 de mayo de 2016.

Abstract: Este documento se refiere a los recursos en las decisiones de infracción de la Ley de Competencia de la Comisión Europea en virtud del artículo 7 del Reglamento no. 1/2003, a diferencia de los compromisos contraídos en virtud del artículo 9 del mismo Reglamento, y los recursos previstos en el Reglamento de concentraciones. Este documento intenta responder cuatro preguntas: ¿Para qué sirven las acciones? ¿Cuándo puede la Comisión imponerlos? ¿Qué tipo acciones? ¿Y cuál es el marco para hacer cumplir las acciones?

Texto completo disponible en: https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=2781441

Teorías de la autoasignación en virtud del artículo 102 del TFUE: Una respuesta a Bo Vesterdorf

10 de abril de 2015.

Abstract: En un documento de 2015, Bo Vesterdorf sostiene que no existe un fundamento jurídico para la aplicación decisiva de las teorías de autoasignación abusiva con arreglo al artículo 102 del TFUE. Su artículo se presenta en el contexto de la investigación de búsqueda de Google en la Unión Europea. En opinión de Vesterdorf, la única vía legal que puede utilizarse para ordenar a una empresa dominante que “no favorezca” sus propios servicios es la doctrina de las instalaciones esenciales. Vesterdorf pasa a hacer una descripción muy restrictiva del alcance y las condiciones de aplicación de la doctrina de las instalaciones esenciales en la legislación de competencia de la Unión Europea.

Texto completo disponible en: https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=2592253

Antimonopolio: la Comisión publica las conclusiones iniciales sobre el bloqueo geográfico de la investigación del sector de comercio electrónico (Hoja de datos)

18 de marzo de 2016.

Abstract: La Comisión Europea ha publicado hoy los hallazgos iniciales sobre el bloqueo geográfico de su investigación actual del sector antimonopolio sobre el comercio electrónico, lanzada en mayo de 2015.

La investigación del sector del comercio electrónico sirve para recopilar información sobre el mercado a fin de que la Comisión pueda comprender mejor si las barreras erigidas por las empresas afectan a los mercados europeos de comercio electrónico y en qué medida. El geobloqueo es uno de los temas cubiertos por la investigación del sector.

Texto completo disponible en: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-16-882_en.htm

Antimonopolio: la investigación del sector del comercio electrónico descubre que el bloqueo geográfico está muy extendido en toda la Union Europea (estudio completo)

18 de marzo de 2016.

Abstract: La Comisión inició la investigación sectorial sobre el comercio electrónico el 6 de mayo de 2015, como parte de la estrategia del mercado único digital, sobre la base de las normas de competencia de la Unión Europea (“Unión Europea”), de conformidad con el artículo 17 del Reglamento 1/2003.
Como parte de la investigación sectorial, la Comisión solicitó información de una variedad de actores en los mercados de comercio electrónico en toda la Unión Europea tanto en relación con las ventas en línea de bienes de consumo (como electrónica, ropa, calzado y equipamiento deportivo) como en relación con la distribución en línea de contenido digital. Durante la investigación, la Comisión ha reunido pruebas de casi 1900 empresas que operan en el comercio electrónico de bienes de consumo y contenido digital y ha analizado alrededor de 8 000 contratos de distribución.

 

Texto completo disponible en: http://ec.europa.eu/competition/antitrust/sector_inquiries_e_commerce.html

Antimonopolio: la investigación del sector del comercio electrónico descubre que el bloqueo geográfico está muy extendido en toda la Union Europea (comunicado de prensa)

18 de marzo de 2016.

Abstract: Las conclusiones iniciales de la investigación del sector de comercio electrónico de la Comisión muestran que el bloqueo geográfico está muy extendido en la Union Europea. Esto se debe en parte a las decisiones unilaterales de las empresas de no vender en el extranjero, sino también a las barreras contractuales establecidas por las empresas que impiden a los consumidores comprar en línea a través de las fronteras de la Union Europea.

 

 

Texto completo disponible en: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-922_en.pdf