Organizaciones envían carta al Presidente de la República para que Chile manifieste su postura frente a la propuesta de exención en materia de Propiedad Intelectual

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Corporación Innovarte, Colegio Químico Farmacéutico de Chile y organizaciones civiles solicitan al Presidente Piñera que anteponga la producción y acceso a tratamientos y vacunas contra el Covid-19 por sobre las patentes de empresas multinacionales.

Actualmente el 70% de las vacunas producidas a nivel global se encuentran sólo en diez países que representan el 60% del PIB mundial, mientras que cerca de 2.500 millones de personas aún no reciben, siquiera, la primera dosis del tratamiento, como ocurre en el continente africano.

El movimiento internacional que busca liberar los ADPIC para la producción de vacunas y tratamientos es respaldado por personalidades como el Papa Francisco, todos trabajando para que la producción mundial de los tratamientos contra el Covid-19 aumente y la crisis generada por la pandemia no se agudice.

Revisar carta al Presidente Piñera a continuación:

Encuesta sobre la iniciativa OMS de Acceso Mancomunado a la Tecnología contra el COVID-19 (C-TAP)

Corporación Innovarte invita a participar de la encuesta sobre la iniciativa de la Organización Mundial de la Salud de Acceso Mancomunado a la Tecnología contra el COVID-19 (C-TAP).

Esta encuesta tiene por objetivo medir el nivel de conocimiento y participación en dicha iniciativa, permitiendo además, identificar los cambios necesarios y mejorar la información y los procedimientos para la utilización del C-TAP.

Está dirigida a instituciones/investigadores que realicen investigación o desarrollo o producción de tecnologías (tratamientos, vacunas, dispositivos, etc) relacionados con el COVID-19.

El tiempo de duración de la encuesta es de 5 a 10 minutos y se garantiza confidencialidad en el uso de los datos. El estudio es llevado a cabo por la ONG Innovarte de Chile. www.innovarte.org. Los resultados estadísticos serán publicados, sin referencia a instituciones determinadas.

Completar encuesta: https://bit.ly/3jeZCMg

Newsletter sobre Libre Competencia y Plataformas Digitales – II

Corporación Innovarte publica el segundo número del Newsletter sobre Libre Competencia y Plataformas Digitales.

En esta segunda versión, se adjunta además un mapeo y estudio realizado por las abogadas de la Corporación Innovarte, Bárbara Ulloa y Francia Candia, respecto a la situación actual en Europa, en cuanto a la normativa e iniciativas regulatorias sobre mercados digitales y libre competencia.

Descarga newsletter completo y Estudio “Mapping of actual regulatory initiatives on digital markets and free competition in Europe”

O leer acá:

Derecho de la competencia y mercados digitales: Qué esperar en América Latina

Por Alexandre Ditzel Faraco, Socio de la práctica de Defensa de la Competencia y Comercio Internacional, Levy Salomão Advogados.

Traducción no oficial.

Hablar de las tendencias generales de cualquier asunto legal en América Latina nunca es una tarea sencilla. La región no tiene un punto de referencia unificador con la misma fuerza y ​​relevancia de las instituciones de la Unión Europea. Los sistemas legales de la región están fragmentados, a pesar de su origen común. Si bien las áreas económicas regionales, como el Mercosur o la Comunidad Andina, tienen cierta relevancia económica en materia comercial, tienen una influencia limitada o nula en el desarrollo de normas legales comunes y prácticas de aplicación. En materia de derecho de la competencia, las autoridades y los profesionales latinoamericanos tienden a prestar más atención, y a estar más influenciados, por las tendencias en los Estados Unidos y Europa que en las de sus vecinos. Además, las leyes y las instituciones de competencia de la región se encuentran en etapas de desarrollo muy diferentes.

Este texto analiza los impactos esperados, en América Latina, de la aplicación de la ley de competencia en los mercados digitales. Comenzará por evaluar si las actividades actuales de aplicación de la ley en los Estados Unidos y Europa tendrán una influencia diferente en la región en comparación con lo que se ha visto en el pasado. Luego destacará algunos desafíos para las autoridades en América Latina.

Durante las últimas décadas, las tendencias mundiales de la ley de competencia han tenido un impacto desigual en las actividades de aplicación dentro de la región. En algunos casos, no tuvieron un impacto relevante, como los casos contra Microsoft del siglo pasado. En otros, se produjeron notables desarrollos concentrados en determinados países. La aplicación de la ley contra los cárteles en los mercados de equipos y componentes electrónicos, así como en los mercados de autopartes, son ejemplos de tales desarrollos. Generaron decenas de investigaciones, acuerdos y fuertes multas en Brasil. Los primeros, equipos y componentes electrónicos, pusieron a Brasil en el mapa de la aplicación de la ley a los cárteles internacionales. En otros países de la región, sin embargo, estos casos parecen no tener consecuencias perceptibles.

Por lo tanto, ¿por qué deberíamos esperar desarrollos más relevantes y amplios en la región esta vez? Hay dos razones principales.

Primero, los casos de cárteles internacionales mencionados anteriormente se desarrollaron de manera diferente en cada país, no solo por la asimetría en las leyes e instituciones, sino también por la naturaleza misma de las actividades a las que se referían. Estos casos se referían a actividades industriales que requieren fábricas de ladrillo y cemento. Brasil tiene una industria automotriz altamente desarrollada y una industria electrónica relevante. Este es un factor importante para explicar por qué estas investigaciones globales tuvieron un impacto significativo en Brasil pero no en muchos de sus vecinos. Ahora, los actores relevantes en los mercados digitales están ampliamente presentes en toda América Latina. Aunque algunos jugadores, como Amazon, tienen presencia limitada o nula en determinados países, en general,

La otra razón es que los mercados digitales tienen un impacto más claro y generalizado en las actividades diarias, el trabajo y los patrones de consumo. También tienen un impacto más perturbador en diferentes sectores de la sociedad. Los consumidores no pueden medir adecuadamente el impacto de un cartel que afecta a un componente utilizado en un equipo electrónico. Es posible que ni siquiera sepan para qué sirve ese componente. Es cierto que lo mismo puede decirse de determinadas prácticas que se están investigando en los mercados digitales. Los consumidores no pueden medir el impacto de la publicidad preferencial o las cláusulas NMF. Pero, por otro lado, son mucho más conscientes de los problemas de privacidad y de las interrupciones que desafían una forma de vida, lo que lleva a quejas ante las autoridades de competencia.[1]

Hay mucha más conciencia y debate sobre los problemas que plantean los mercados digitales, lo que genera más presión y quejas de diferentes actores. También habrá una oportunidad para que los encargados de hacer cumplir la ley aumenten su estatus y relevancia dentro de la región.

Si bien se espera que esto aumente la probabilidad de que se realicen investigaciones en la región, también puede representar un desafío para las autoridades. La aplicación en los mercados digitales implica no solo abordar cuestiones novedosas que requieren el uso de diferentes enfoques analíticos, lo cual es un desafío en sí mismo. Pero también, al tratar asuntos en los que el derecho de la competencia se entremezcla con otros importantes problemas contemporáneos.

La privacidad parece ser el más relevante y más países de la región están adoptando leyes para aumentar la protección de los datos personales. Los problemas de privacidad tienen un impacto en la dinámica competitiva: el nivel de protección de la privacidad puede verse como una forma de competencia basada en la calidad de los servicios de precio cero, por ejemplo (o competencia en el precio si considera que los datos personales son equivalentes a un pago por estos servicios ). Pero hay problemas de privacidad que no están relacionados con las leyes de competencia ni pueden ser abordados por ellas.

Otro vínculo notable se puede ver en el impacto social de determinadas plataformas en las relaciones laborales. Hay afirmaciones relevantes de que los conductores y las personas que entregan alimentos o paquetes son, de hecho, trabajadores mal pagados sin acceso a la seguridad social y otras garantías. La forma en que se establecen los precios de la mano de obra en estas plataformas afecta la dinámica de la competencia y puede ser relevante para la aplicación de la ley de competencia. Sin embargo, la ley de competencia no es una herramienta adecuada para sustituir las regulaciones de seguridad social. Tampoco es la mejor herramienta para abordar otros tipos de daños asociados con el uso de las redes sociales, como la adicción y las noticias falsas.

Por lo tanto, los mismos factores que asegurarán la preeminencia de la aplicación de la ley de competencia en los mercados digitales plantean la pregunta de cuál debería ser su papel. Esto puede empujar a las autoridades a abordar asuntos que van más allá de sus roles tradicionales y hacer que la aplicación de la ley sea más impredecible. El enfoque tradicional del bienestar del consumidor puede ser insuficiente para hacer frente a todos los problemas competitivos que plantean los mercados digitales. Pero uno debe tener cuidado al buscar enfoques novedosos que busquen lograr demasiado a través de la ley de competencia. Hay problemas que deberían resolverse adecuadamente a través de otros tipos de regulación y el exceso de aplicación puede conducir a una menor innovación y competencia.

Si bien existen razones para creer que la ley de competencia en los mercados digitales tendrá más impacto en la región que las tendencias globales pasadas, en este punto, la aplicación excesiva está lejos de convertirse en una preocupación. Todavía hay solo un número limitado de casos y algunos de ellos, como los tres casos de conducta contra Google en Brasil, se han cerrado sin hallazgos relevantes.

Al mismo tiempo, hay novedades notables. Hay una conciencia cada vez mayor por parte de las fuerzas del orden de los tipos específicos de problemas que se plantean en los mercados digitales. Las autoridades brasileñas y mexicanas han elaborado informes exhaustivos sobre los mercados digitales. En Brasil, el CADE también lanzó una investigación de mercado para evaluar adquisiciones pasadas de grandes firmas de tecnología, haciéndose eco de la opinión de que las autoridades de todo el mundo pueden haber sido demasiado indulgentes y revisaron tales transacciones bajo un marco analítico incorrecto. La CEPAL (Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe) ha emitido tres informes sobre el tema en 2018. También hay un número creciente de grupos de investigación académica y artículos sobre el tema.

La industria de los pagos electrónicos, que impulsa el comercio electrónico y ofrece soluciones innovadoras para competir con las tarjetas de pago tradicionales, está recibiendo cada vez más atención en este contexto. En el caso Prisma resuelto en 2017, la autoridad argentina utilizó, por primera vez, una solución de desinversión completa por un asunto de comportamiento para abordar varios abusos de cargos de dominio en los mercados de adquisición y procesamiento de datos. En Brasil, el CADE tiene varias investigaciones en curso sobre esta industria. En 2020 bloqueó temporalmente el intento de Facebook / Whatsapp de introducir el servicio de pago Whatsapp junto con Cielo, un actor dominante en la industria de pagos brasileña. Si bien el CADE suspendió la prohibición hasta que se emitiera una decisión final sobre el fondo, los servicios aún no están disponibles debido a una suspensión temporal impuesta por el Banco Central de Brasil. Esto ilustra la creciente preocupación en la región con la expansión de las grandes tecnologías a nuevos campos de actividades.

En resumen, hay suficientes razones para creer que los mercados digitales estarán entre los principales temas en la aplicación de la ley de competencia en la región. Al mismo tiempo, plantearán nuevos desafíos a las autoridades nacionales y pueden requerir herramientas analíticas mejoradas.


[1]En Brasil, el CADE cerró la investigación sin encontrar un delito anticompetitivo. En Colombia, la SIC emitió una decisión suspendiendo las actividades de Uber a fines de 2019, que luego fue revocada por un tribunal judicial, pero basada más en preocupaciones de competencia desleal.

La Comisión Europea dice que las vacunas Covid-19 deberían ser bienes públicos globales, pero ¿reflejan esto sus acuerdos con la industria farmacéutica?

Por Medicines Law & Policy – 28 de enero de 2021

Por Ellen ‘t Hoen y Pascale Boulet

La Comisión Europea ha celebrado acuerdos de compra anticipada (APA) para las vacunas Covid-19 con seis empresas farmacéuticas y está concluyendo negociaciones con dos empresas. Mira aquí. Los APA han sido objeto de escrutinio desde que quedó claro que una de las empresas, AstraZeneca, no puede entregar las cantidades acordadas de vacunas Covid-19 para su uso en los estados miembros de la UE.

Estos APA son acuerdos confidenciales, a excepción del APA con la empresa alemana CureVac, que fue divulgado parcialmente el 19 de enero a raíz de las demandas de organizaciones de la sociedad civil y miembros del Parlamento Europeo. Echamos un vistazo a la APA con CureVac.

La Comisión Europea ha celebrado un acuerdo de compra avanzada (APA) con el desarrollador de vacunas CureVac para la adquisición de 405 millones de dosis de una vacuna Covid-19 para su distribución en los Estados miembros de la UE participantes el 18 de agosto de 2020.

Curevac está desarrollando CVnCoV, una vacuna basada en ARNm contra Covid-19. Los ensayos clínicos se encuentran en fase IIb / III y la vacuna CureVac aún no ha recibido la aprobación de comercialización de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) o cualquier otra agencia reguladora.

La vacuna como bien público global

El mandato de la Comisión Europea para negociar APAs deriva de un acuerdo entre la Comisión y los estados miembros sobre la adquisición de vacunas Covid-19, de fecha 16 de junio de 2020. Este acuerdo contiene un anexo titulado ‘Consideraciones iniciales’ con los siguientes objetivos para las negociaciones con las empresas farmacéuticas:

En las negociaciones con la industria farmacéutica en el marco del presente Acuerdo, la Comisión promoverá una vacuna Covid-19 como un bien público mundial. Esta promoción incluirá el acceso de los países de ingresos bajos y medios a estas vacunas en cantidad suficiente y a precios reducidos. La Comisión tratará de promover cuestiones relacionadas con la industria farmacéutica en relación con el intercambio de propiedad intelectual, especialmente cuando dicha propiedad intelectual se haya desarrollado con apoyo público, a fin de [] estos objetivos. Todas las vacunas disponibles para su compra en virtud de los APA concluidas pero no necesarias y compradas por los Estados miembros participantes pueden ponerse a disposición del esfuerzo de solidaridad mundial ”

El acuerdo entre la Comisión y los estados miembros de la UE se adjunta a los APA con los productores de vacunas. Y, por lo tanto, cabría esperar que los términos y condiciones de los APA reflejen los objetivos de negociación declarados de la Comisión para promover las vacunas Covid-19 como bienes públicos mundiales y el acceso a la vacuna en los países de ingresos bajos y medianos.

El CureVac APA ofrece la oportunidad de evaluar si efectivamente dichos acuerdos cumplen tales objetivos. El acuerdo con CureVac, que contiene muchas secciones redactadas, está disponible aquí.

Compromisos de compra anticipada

Los APA son los llamados mecanismos de incentivo de “extracción” en los que se ofrece financiamiento por adelantado para “extraer” un producto de la última etapa de la fase de desarrollo para que se convierta en un producto comercializable. Un APA, por lo tanto, puede ser una adquisición y un acuerdo de financiamiento de desarrollo clínico en uno, lo que elimina el riesgo financiero de los esfuerzos de desarrollo de vacunas para la empresa.

Financiamiento para la I + D de CureVAc

CureVAc ha recibido el siguiente apoyo financiero para el desarrollo y la producción de su vacuna Covid-19: 300 millones de euros del gobierno federal alemán, un préstamo de 75 millones de euros del banco de inversión europeo apoyado por Horizonte 2020, el fondo de I + D de la CE, y antes de EE. UU. $ 13,5 millones de la Coalición para las Innovaciones en la Preparación ante Epidemias, para la investigación de la fase I. Además de estas contribuciones financieras, según la APA, la empresa se beneficiará de cantidades adicionales de dinero no reveladas en pagos previos a la compra que no está obligada a reembolsar si el producto no está aprobado por la EMA y el dinero ya se ha gastado.

Desequilibrio

Si bien muchas cláusulas de la APA parecen bastante estándar para los contratos de compra, el contrato (en su forma redactada) parece carecer de un equilibrio entre los intereses de la empresa y el interés público. La Comisión asume compromisos sólidos con pagos por adelantado sin garantías de que la vacuna CureVac muestre una eficacia suficiente para prevenir una infección por COVID-19 y sea segura de usar.

Indemnización por responsabilidad

La Comisión y los Estados miembros también asumen la responsabilidad de la indemnización por responsabilidad (ver artículo I.23 de la APA), lo que significa que el costo de cualquier daño, daño o pérdida como resultado del uso de la vacuna correrá a cargo de la Comisión y los Estados miembros. Normalmente ese riesgo lo asume la empresa, pero considerando la velocidad de desarrollo exigida por el gobierno y el bajo precio, es comprensible que el sector público asuma este riesgo. Sin embargo, el precio de la vacuna no se divulga en el acuerdo disponible públicamente.

Reducir el riesgo de inversiones en I + D

El contrato menciona en varios artículos la necesidad de reducir el riesgo de las inversiones de la empresa en el desarrollo de la vacuna como justificación de los pagos iniciales que la Comisión y los estados miembros realizarán antes de que la EMA apruebe el producto. El acuerdo, sin embargo, no parece contener disposiciones para compensar la inversión de la Comisión y los estados miembros en caso de que el producto no tenga éxito. Por ejemplo, no existen disposiciones para compartir la propiedad intelectual o el conocimiento, incluido el acceso a todos los datos de pruebas clínicas, generados con fondos de la CE.

Derechos de propiedad intelectual

La empresa conserva todos los derechos, incluidos los derechos de propiedad intelectual generados como resultado de la financiación de la CE, incluso si la financiación sirvió para financiar ensayos clínicos o aumentar la producción (el artículo 1.9.1 establece que el contratista está concluyendo actualmente una fase I clínica de aumento de dosis del Producto y está preparando el reclutamiento y el inicio de los estudios de ensayos clínicos fundamentales de Fase IIb / III). Si este APA se utiliza para generar datos clínicos, entonces los datos deberían ser propiedad de la CE, o al menos ser copropiedad de CureVac, o tener licencia de la CE. Tener derechos sobre los datos colocaría a la CE en una mejor posición para negociar un precio justo o compartir los datos con una gama más amplia de actores.

El hecho de que este intercambio de IP no sea parte del acuerdo con CureVac es particularmente notable porque el CEO de la compañía declaró públicamente en diciembre que las patentes relacionadas con las vacunas Covid-19 deberían suspenderse temporalmente y ha pedido una colaboración internacional mucho más estrecha en la investigación. y desarrollo de nuevas vacunas. Esta declaración fue bien recibida por las organizaciones que hacen campaña a favor de la vacuna popular.

Precio

El precio negociado por el producto se establece por dosis, pero no se divulga en el acuerdo disponible públicamente. En el contrato no se indica si el método utilizado para fijar el precio es justo y si el precio refleja las inversiones públicas en el desarrollo del producto.

Acceso para países en desarrollo

Tampoco está claro si el acuerdo promueve el acceso a los PIBM (de acuerdo con los objetivos de negociación mencionados anteriormente del acuerdo entre la Comisión y los Estados miembros). Tanto el precio justo como el acceso a los PIBM son objetivos de negociación explícitamente establecidos en el Acuerdo con los Estados miembros. Los precios justos incluso se enumeran en el APA (véase el considerando F).

Los estados miembros no pueden revender, exportar, distribuir o donar de forma gratuita a otro país fuera de la UE y el EEE y Suiza, incluida la donación a través de ONG o la Organización Mundial de la Salud, sin el consentimiento previo de Curevac (Artículo I.10.2). Esta disposición otorga de facto a la empresa un derecho de veto sobre tales actos. Esta disposición contradice el objetivo de negociación de la Comisión y los Estados miembros de promover el acceso de los países de ingresos bajos y medianos.

Conclusión

Para concluir, el acuerdo entre la Comisión y CureVac, en la medida en que se divulga, no proporciona ninguna evidencia de que la CE persiga su objetivo de negociación de “promover la vacuna Covid-19 como un bien público mundial”, como se acordó con los estados miembros en junio. 2020. El enfoque de la APA parece estar en reducir el riesgo de inversiones y actividades de las empresas y menos en la protección del interés público y las inversiones públicas.

Leer artículo original (en inglés) en https://bit.ly/3t937Iy

Expertos debatieron sobre el estado actual de la jurisprudencia y tendencias normativas sobre plataformas digitales a nivel internacional

Este 27 de enero se realizó el webinar “Libre competencia, plataformas digitales y datos”. Perspectivas de Europa y Latinoamérica, oportunidad donde también se presentó el estudio sobre jurisprudencia internacional sobre competencia y plataformas  digitales, elaborado por el Programa de Libre Competencia de la Pontificia Universidad Católica de Chile, con el apoyo de la Corporación Innovarte.

La iniciativa, que fue organizada precisamente por Corporación Innovarte y el Programa de Derecho de la Libre Competencia de la Universidad Católica de Chile, contó con la intervención de los siguientes expertos Internacionales:

Richard Peña, quien presentó el estudio sobre jurisprudencia internacional sobre competencia y plataformas  digitales, elaborado por el Programa de Libre Competencia de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Richard Peña es Subdirector del Programa de Libre Competencia de la Universidad Católica de Chile. Consultor Senior de Aj Consulting y de Harrison & Johnson asociados en Estrategia, Compliance corporativo, Libre competencia y Regulación económica.

Alexander Ditzel Faraco, quien analizó las tendencias en Latinoamérica sobre el tema. Alexander Ditzel Faraco es Socio del grupo de Defensa de la Competencia y Comercio Internacional, Levy Salomão Advogados. Especializado en asuntos de antimonopolio, regulatorios y de cumplimiento. Fue miembro de la asociación brasileña de profesionales antimonopolio.

Y finalmente Thomas Vinje, quien analizó las tendencias en Europa sobre el tema. Thomas Vinje es Socio y copresidente del grupo Global de Antimonopolio de Clifford Chance, Bruselas. Especializado en derecho de antimonopolio y propiedad intelectual de la Unión Europea, especialmente en materia tecnológica.

El evento -que contó con traducción simultánea, tanto en español como en inglés- finalizó con una mesa redonda donde los panelistas respondieron las preguntas escritas  del público presente.

El webinar fue moderado por Luis Villarroel, Director de la Corporación Innovarte. Al respecto, sobre el desarrollo de esta iniciativa on line, dijo que “no cabe duda que la aparición y desarrollo de los mercados digitales y las plataformas digitales, generan grandes beneficios para las empresas y la sociedad, pero también generan  grandes riesgos a la libre competencia, y a la privacidad de las personas”.

“Sin embargo, como lo demuestra la jurisprudencia  de los últimos 4 años, ello está cambiando, partiendo por Europa que ya ha pasado de la intervención administrativa a la regulatoria, pero aún aparece muy  incipiente en Latinoamérica, donde hay más preguntas por resolver con relación a la aplicación de las  normas de competencia en esta materia, como cuáles son las teorías del daño apropiadas, como integrar los datos dentro de la ecuación competitiva, que remedios son proporcionados para disciplinar los mercados digitales,  entre otras”, agregó.

“Finalmente agradezco al  Programa de Libre Competencia de la  Pontificia Universidad Católica,  en la persona del Dr. Richard Peña que aceptó nuestra invitación a realizar el estudio sobre   jurisprudencia internacional. Asimismo, agradezco la generosidad de los expertos Alexander Ditzel Faraco y Thomas Vinje, por  aportar en  este análisis, desde sus respectivas trincheras en Europa y Latinoamérica respectivamente”, concluyó Luis Villarroel.

Los interesados pueden descargar el Informe “Mercados Digitales y Libre Competencia. Análisis de la Jurisprudencia Internacional” en https://bit.ly/3ciMQLp

Este informe fue preparado por el Programa de Libre Competencia de la Pontificia Universidad Católica de Chile, en colaboración con el Proyecto de Difusión sobre Plataformas Digitales y Protección de la Competencia, de la Corporación Innovarte.

Ver el webinar completo en el idioma original:

Ver el webinar con interpretación en español acá:

Informe “Mercados Digitales y Libre Competencia. Análisis de la Jurisprudencia Internacional”, preparado por el Programa Libre Competencia de la Universidad Católica

Los invitamos a revisar el Informe “Mercados Digitales y Libre Competencia. Análisis de la Jurisprudencia Internacional”, preparado por el Programa de Libre Competencia de la Pontificia Universidad Católica de Chile, en colaboración con el Proyecto de Difusión sobre Plataformas Digitales y Protección de la Competencia, de la Corporación Innovarte.

La dirección y edición del proyecto estuvo a cargo de Richard Peña Burgos (Ph.D), con la colaboración y comentarios de los abogados Nuna Van Belle, Luis Villarroel Villalón de Corporación Innovarte y de Catalina Villalobos de la Fiscalía Nacional Económica FNE.

Puedes descargar el informe a continuación:

Invitación al webinar “Libre competencia, plataformas digitales y datos”. Perspectivas de Europa y Latinoamérica

Corporación Innovarte y el Programa de Derecho de la Libre Competencia de la Universidad Católica de Chile, invitan a participar de un panel sobre el estado actual de la jurisprudencia y tendencias normativas sobre plataformas digitales a nivel internacional.

El webinar “Libre competencia, plataformas digitales y datos” contará con la intervención de los expertos Internacionales Thomas Vinje, Clifford Chance Bruselas, y Alexander Ditzel, Levy & Salomão Advogados, quienes analizarán las tendencias en Europa y Latinoamérica. Además, participará Richard Peña, Subdirector del Programa de Libre Competencia de la Universidad Católica de Chile, quien presentará el estudio sobre jurisprudencia internacional sobre competencia y plataformas  digitales, elaborado por el Programa de Libre Competencia de la Pontificia Universidad Católica de Chile. La iniciativa será moderada por el director de la Corporación Innovarte, Luis Villarroel.

La actividad se realizará el miércoles 27 de enero, a las 13:00 hrs. de Chile (y 17:00 hrs. CET), y será transmitido vía zoom y Facebook Live. En inglés y español, con traducción simultánea.

Los interesados en participar pueden inscribirse de forma gratuita a través del siguiente formulario: https://zoom.us/webinar/register/WN_YEshl8VoQU-MBypAP3b-Dw O también lo pueden hacer a través del código QR dispuesto en la gráfica oficial de la actividad.

Los cupos son limitados. El plazo para inscribirse vence el martes 26 de enero.

Puedes revisar el programa del evento aquí:

Consultas a contacto@innovarte.cl

Health Action International hizo la siguiente declaración en la 148ª sesión del Consejo Ejecutivo de la OMS, en la que aborda la respuesta al COVID-19

Declaración | 19 de enero de 2021

Health Action International se complace en comentar el informe del Director General sobre la respuesta al Covid-19 en la EB148. Encomiamos cómo la OMS ha estado tratando de coordinar los esfuerzos mundiales para hacer frente a esta pandemia mortal, a pesar de la falta de recursos y, en algunos casos, la falta de colaboración de los Estados Miembros. Iniciativas como Solidarity Therapeutics Trial se destacan como un hito en la promoción de la salud global que brindó información clave en las primeras etapas de la pandemia.

La OMS también ha unido esfuerzos con otras organizaciones y partes interesadas, pero en ocasiones ha cedido liderazgo e iniciativa a actores que no están tan comprometidos con la transparencia o la participación de la sociedad civil. Si bien se debe apoyar cualquier intento mundial de asegurar el acceso universal y equitativo a las vacunas, es preocupante que la contribución y la experiencia de las ONG de interés público, especialmente aquellas con sede en países de ingresos bajos y medianos, no se consideren relevantes.

Nos sorprende que el documento no reconozca el Covid-19 Technologies Pool (C-TAP), una plataforma que, al recopilar y canalizar IP, conocimientos técnicos y otros datos relevantes, podría desempeñar un papel fundamental en la transferencia de tecnología y la ampliación de la producción de vacunas, diagnósticos y otros bienes de salud necesarios para vencer esta pandemia.

Finalmente, el hecho de que los países más ricos, algunos de ellos sentados en este EB148, estén acumulando dosis de vacunas mientras que otros países no pueden procurar tratamientos para sus grupos vulnerables o trabajadores de la salud es vergonzoso y la OMS debería ser más abierta al denunciar los acuerdos exclusivos que se están realizando debilitándonos a todos.

Leer texto original (en inglés) en https://haiweb.org/publication/eb148/

La consulta informal de la OMS (3 de diciembre de 2020) abordó las preocupaciones sobre la transparencia y la escasez de precios

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Publicado el 12 de enero de 2021 por Thiru

El lunes 11 de enero de 2021, la secretaría de la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó un informe de 18 páginas sobre la estrategia mundial y el plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual (EB148 / 10). El informe del Director General contiene un plan de aplicación detallado de las recomendaciones del grupo de revisión general del programa dirigido a la Secretaría (para el período 2020-2022). KEI proporcionará un análisis del plan de implementación de la OMS en una pieza separada.

El informe de la secretaría hace una referencia de pasada a una consulta informal convocada por el Director General el 3 de diciembre de 2020 para discutir las recomendaciones sobre la “transparencia de los precios de los medicamentos y las acciones para prevenir la escasez” (Fuente: EB148 / 10). Para una inmersión profunda en las tortuosas negociaciones que nos llevaron aquí, consulte: (El error de redacción que plaga la decisión WHA73 (11) – Estrategia global y plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual).

Curiosamente, el documento de la junta señala que “los resultados de la consulta [informal] se resumen en un informe disponible en línea” y proporciona el siguiente enlace. Lamentablemente, en el momento de la publicación, la página de la OMS sobre la revisión general del programa de la Estrategia mundial y el Plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual no contiene el informe resumido de las consultas informales de diciembre de 2020. Afortunadamente, KEI ha obtenido el informe resumido preparado por la OMS y proporcionará un recorrido de la consulta de la OMS sobre la transparencia de los precios de los medicamentos y las acciones para prevenir la escasez. Se puede acceder al informe resumido de la OMS aquí: https://www.keionline.org/wp-content/uploads/Summary-Report-GSPA-PHI-Informal-Consultation-3-December-2020-as-at-12-January -2021.pdf.

El informe resumido de la OMS registró que más de cien representantes de Estados Miembros participaron en la consulta informal del 3 de diciembre de 2020 para discutir las “recomendaciones del panel de revisión a las que se hace referencia en el párrafo 2 de la decisión WHA71 (9) (2018) como“ no emanadas de la estrategia mundial y plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual ”y las“ recomendaciones del panel de revisión sobre la promoción y el seguimiento de la transparencia de los precios de los medicamentos y las acciones para prevenir la escasez ”mencionadas en el párrafo 3 de la decisión WHA73 (11) (Fuente : Informe resumido).

El informe señaló que Mariângela Simão, Subdirectora General de Acceso a Medicamentos y Productos Sanitarios de la OMS, destacó el papel de la estrategia mundial y el plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual (GSPA-PHI) en la provisión de un “ acordó una respuesta común a las áreas de interfaz entre salud pública, innovación y propiedad intelectual que ahora, más que nunca, forman parte de una agenda global sobre acceso a la salud ”, especialmente ante la pandemia de COVID-19. El Dr. Simão señaló que las consultas informales “desencadenarían un diálogo colectivo en el espíritu de colaboración en torno a las áreas de la revisión general del programa GSPA-PHI donde aún no se ha alcanzado un consenso amplio, los puntos planteados en las reuniones de los órganos rectores, como el financiamiento para I + D, y los vínculos entre los costos de desarrollo y los precios finales ”(Fuente: Ibid).

Maria Nazareth Farani Azevêdo, Embajadora de la Misión Permanente de Brasil ante las Naciones Unidas en Ginebra brindó la siguiente perspectiva y enfatizó que COVID-19 ha impulsado la “importancia de asegurar el acceso equitativo a las vacunas, terapias y diagnósticos, catalizando iniciativas como COVAX, ACT-A y C-TAP ”(Fuente: Ibid). El Embajador Azevêdo destacó los costos prohibitivos de las terapias celulares y genéticas de vanguardia que estaban fuera del alcance de muchos en los países pobres y desarrollados; señaló que la GSPA-PHI de la OMS podría ser una herramienta para abordar la desigualdad de acceso en este campo.

El informe resumido proporciona el siguiente registro del primer panel sobre transparencia:

Transparencia de los precios de los productos y elementos sanitarios en toda la cadena de valor comenzó con una presentación de Kiu Tay en nombre de la Secretaría de la OMS. Kiu presentó recomendaciones relacionadas con la promoción de la transparencia de precios incluidas en la publicación “OMS Directriz sobre políticas nacionales de precios farmacéuticos “. Señaló que el desarrollo de la guía el grupo hizo dos recomendaciones condicionales sobre la promoción de la transparencia de precios, incluida la de los países mejoran la transparencia de los precios y los precios a través de 1) compartir los precios netos de transacción de los productos farmacéuticos con las partes interesadas relevantes, dentro y fuera del país; divulgación de precios a lo largo de la cadena de suministro y distribución; informar públicamente las contribuciones de I + D de todas las fuentes y comunicar al público las decisiones sobre precios y reembolsos, y mediante 2) una descripción clara de los enfoques de precios y sus requisitos técnicos.

Fatima Suleman, Copresidenta del Grupo de elaboración de directrices de la OMS sobre políticas nacionales de fijación de precios farmacéuticos y Directora del Centro colaborador de la OMS para políticas farmacéuticas y prácticas basadas en evidencias en la Universidad de KwaZulu-Natal, elaboró ​​tres justificaciones del Grupo de elaboración de directrices para respaldar sus recomendaciones sobre la promoción la transparencia de precios, es decir, 1) el equilibrio general de efectos favorece la política, 2) insta a las partes interesadas a tomar las medidas necesarias de acuerdo con WHA72.8, y 3) sirven para múltiples propósitos para mejorar las políticas de precios.

Anban Pillay, Director General Adjunto del Departamento de Salud de Sudáfrica, compartió experiencias nacionales sobre la transparencia de los precios de los productos sanitarios desde una perspectiva de implementación. Destacó la necesidad de apoyo político y señaló que Sudáfrica tiene una legislación específica relacionada con la transparencia. Apoyó las recomendaciones del Grupo de Desarrollo de Directrices, llamando la atención específica sobre la necesidad de divulgar los precios a lo largo de toda la cadena de suministro y distribución, y señaló que se debe compartir el precio neto de transacción en lugar del precio de fabricación. Advirtió el principio de los modelos alternativos de reembolso y señaló su potencial para socavar la transparencia. Destacó que el sistema debe recompensar los precios bajos para incentivar la competencia en precios.

Nora Kronig Romero, Embajadora de Salud Global, Suiza, compartió experiencias nacionales utilizando el ejemplo de las vacunas y destacó el importante papel del estado de derecho en la provisión de un entorno protector para todas las partes interesadas. Destacó los problemas de infraestructura y los desafíos logísticos, y señaló que el almacenamiento en cadena de frío de las vacunas es un desafío particular para los países de bajos ingresos. En cuanto a la transparencia de precios, reiteró el firme apoyo de Suiza y señaló la estricta regulación y obligación legal del país en materia de transparencia de precios. En Suiza, los precios de los medicamentos para las enfermedades raras representan un desafío para el contrato social en torno a los planes de seguro médico. Hizo hincapié en la necesidad de cooperación internacional en cuestiones de diferenciación de precios y escasez, así como en el compromiso de Suiza de desempeñar un papel en la facilitación de los debates con el sector privado en su país. Sonia Caldeira, Autoridad Nacional de Medicamentos y Productos Sanitarios INFARMED, Portugal, presentó la experiencia portuguesa sobre el tema. Describió las políticas de precios farmacéuticos del país y revisó el proceso de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (evaluación farmacoterapéutica, evaluación farmacoeconómica, negociación y acuerdos de entrada gestionados, decisión, seguimiento y reevaluación) para la fijación de precios y el reembolso. Concluyó compartiendo los pasos que está tomando el país para promover y lograr una mayor transparencia en las políticas farmacéuticas.

El informe resumido proporcionó el siguiente registro del panel sobre escasez:

El panel 2 sobre “La preocupación por la escasez de productos para la salud” comenzó con una presentación de Lisa Hedman en nombre de la Secretaría de la OMS. Lisa presentó las actividades de la OMS para apoyar a los miembros Estados sobre escasez y desabastecimiento de medicamentos y vacunas. La OMS trabajará para ampliar el uso del portal de notificación de escasez de la OMS; reforzar la capacidad nacional de utilizar datos para detectar y notificar y responder con soluciones a corto / mediano plazo mediante el intercambio y la capacitación sobre las mejores prácticas, incluida la dependencia regulatoria, y; Identificar la escasez crónica a largo plazo de intervenciones estratégicas.

Claudia Chamas de FIOCRUZ, Brasil, aclaró los desafíos que persisten a pesar de los avances en el campo del acceso a los medicamentos durante la última década. Al destacar que todas las regiones del mundo enfrentan problemas con el acceso regular a medicamentos, vacunas y otros productos de salud, reflexionó que el acceso desigual afecta más severamente a los más pobres. Reflexionó que la crisis del COVID-19 ha sacado a la luz vulnerabilidades de larga data en la disponibilidad y el suministro de productos de salud, y señaló las preocupaciones y los riesgos de los pacientes por la escasez. Llamó a abordar el problema global del acceso con la seriedad que requiere para garantizar el derecho a la salud y otros derechos humanos fundamentales.

Valerie Jensen, Administración de Alimentos y Medicamentos, EE. UU., Presentó una descripción general del papel de la FDA en la mitigación y prevenir la escasez de medicamentos. Ella describió los requisitos de notificación bajo la sección 506C de la La Ley FD&C y las regulaciones de la FDA y describió el desafío actual de aumentar la escasez nueva y la escasez persistente e introdujo las responsabilidades de la escasez de medicamentos entre agencias de EE. UU.

Task Force. Explicó los hallazgos clave del Informe de escasez de medicamentos de la FDA que identificó tres causas fundamentales de la escasez de medicamentos y ofreció tres recomendaciones para soluciones duraderas. Ella concluyó describiendo los próximos pasos relacionados con las iniciativas legislativas actuales y relacionadas de la FDA.

El informe de la OMS proporcionó el siguiente registro de las observaciones del Dr. Philippe Duneton (Director Ejecutivo, Unitaid) sobre la relación entre el trabajo de GSPA-PHI y la respuesta COVID-19:

Philippe Duneton comenzó relacionando GSPA-PHI con el negocio principal de las operaciones de Unitaid para prevenir, diagnosticar y tratar el VIH / SIDA, la tuberculosis y la malaria de manera más rápida, asequible y eficaz. Destacó la importancia de elementos específicos de la GSPA-PHI como “Construir y mejorar la capacidad de investigación” para adaptar los productos a las realidades de los países. Destacó la pertinencia continua de las recomendaciones relacionadas con la transferencia de tecnología y la gestión de la propiedad intelectual, y destacó la experiencia y los logros del Fondo de Patentes de Medicamentos (MPP) para cubrir a más de 20 millones de personas con más de USD 1.500 millones en ahorros. Enfatizó que el acceso requiere una solución de extremo a extremo de lo que se necesita, lo que se debe desarrollar, la calidad del mismo, creando la demanda en el país y escalando. Como co-convocante, con Wellcome Trust, del pilar terapéutico ACT-A, y trabajando en estrecha colaboración con FIND y el Fondo Mundial en el pilar del diagnóstico, destacó la importancia del pensamiento orientado al acceso a la vanguardia de los esfuerzos de aceleración. Señaló la participación del MPP financiado por Unitaid en ACT-A y el Grupo de Acceso a la Tecnología COVID-19 (C-TAP) y enfatizó el apoyo necesario de la industria para aumentar la capacidad de producción a bajo costo a través de mecanismos voluntarios como MPP y C-TAP.

Tras las presentaciones, los Estados miembros abordaron la necesidad de una acción colectiva a raíz de la pandemia de COVID-19, la falta de transparencia en los precios de los medicamentos, vacunas y otras tecnologías sanitarias, las debilidades en las cadenas de suministro, la necesidad de utilizar las flexibilidades de los ADPIC y un llamado a unirse al Grupo de Acceso a la Tecnología COVID-19 (C-TAP) de la OMS para promover el “intercambio colectivo de conocimientos, propiedad intelectual y datos relacionados” (Ibid).

Leer nota original (en inglés) en: https://www.keionline.org/35004

Fuente: Knowledge Ecology International