Por Luis Villarroel Villalón.
En un momento en que Chile discute su nueva Ley de Transferencia Tecnológica, tenemos la oportunidad histórica de garantizar que la innovación universitaria y la financiada con recursos públicos sea efectivamente un motor de equidad y desarrollo. El Licenciamiento Socialmente Responsable (LSR) ofrece un camino para que las tecnologías surgidas de universidades y centros públicos beneficien realmente a toda la sociedad y su transferencia al mercado no implique restricciones para continuar incrementando el conocimiento licenciado.
¿Qué es y por qué importa el LSR?
El LSR es una forma de gestionar la propiedad intelectual que va más allá de la rentabilidad económica, asegurando que el conocimiento y las innovaciones —especialmente las financiadas con fondos públicos— se utilicen con criterios de accesibilidad, ética e impacto social.
Esto significa que tecnologías críticas en áreas como salud, alimentación y sostenibilidad puedan llegar efectivamente a quienes más las necesitan. Y que su licenciamiento no impida que las universidades puedan seguir desarrollando ese conocimiento o ampliando su aplicación en otros campos.
Orígenes del LSR
El Licenciamiento Socialmente Responsable surge con fuerza en EEUU tras el caso Yale/Bristol-Myers Squibb (2001), donde la presión pública logró acceso asequible a un fármaco contra el VIH en África. Este precedente impulsó los “Nueve Puntos para Considerar en el Licenciamiento de Tecnología Universitaria” (2007), gestados en la Universidad de Stanford y respaldados por once universidades principales y la Asociación de Colegios Médicos Americanos. Posteriormente, Yale, Harvard y la Asociación de Gestores de Tecnología Universitaria lideraron la Declaración de Principios y Estrategias para la Diseminación Equitativa de Tecnologías Médicas (2009), consolidando el acceso equitativo a la innovación.
En Europa, el LSR está integrado en las Directrices Europeas de Valorización del Conocimiento, que recomiendan que toda investigación financiada con fondos públicos considere su uso social más amplio y evite que el precio de los productos finales limite el acceso. Países como los Países Bajos han desarrollado guías y principios claros para aplicarlo.
Panorama chileno: bases legales, avances puntuales y creciente interés
Nuestro país ya cuenta con un marco normativo que abre la puerta. Como lo ha destacado el Dr. Jorge Rojas en columnas publicadas en El Mostrador, Chile cuenta en sus leyes marco de educación superior —la Ley 21.091 sobre Educación Superior, la Ley 21.094 sobre Universidades Estatales y la Ley 20.129 sobre Aseguramiento de la Calidad— con un mandato que coloca en el corazón de la misión universitaria la investigación y la transferencia de conocimiento para beneficio de toda la sociedad.
Sin embargo, en nuestro país, el concepto de LSR sigue siendo poco conocido y carece de una sistematización, ni siquiera en las políticas de propiedad intelectual de las Universidades, a diferencia de lo que ocurre en EEUU o Europa.
Aun así, hay señales positivas: instituciones como la Universidad de Chile han reconocido la relevancia de este enfoque, como lo demuestra su reciente acuerdo con el Medicines Patent Pool para desarrollar modelos de cláusulas y planes de acceso que promuevan la disponibilidad equitativa de tecnologías esenciales.
Además, existe un interés creciente por este tema por parte de las universidades chilenas, reflejado en la reciente mesa redonda organizada por Innovarte ONG —que dirijo— junto al LES Chile, la Universidad de Chile y el Consorcio de Universidades del Estado de Chile (CUECH). En el evento se conoció la experiencia de universidades de Estados Unidos y de iniciativas globales, que sirven de modelos de prácticas que podemos adaptar a nuestra realidad.
Un llamado al Senado y al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación
La ley en trámite es la ocasión perfecta para establecer un reconocimiento legal al LSR, así como para mandatar su incentivo. Lo anterior, por ejemplo, mediante medidas como puntajes adicionales en fondos concursables, para aquellas instituciones que adopten políticas y planes de acceso responsable.
En este contexto, valoramos las indicaciones presentadas por los Senadores Araya y De Urresti, junto al Senador Chahuán, que propusieron añadir un nuevo literal f) al Artículo 5 del proyecto, para incluir la obligación de incentivar el licenciamiento socialmente responsable de tecnologías mediante incentivos claros.
Esperamos atentos al liderazgo del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para asegurar que el LSR pase a ser parte de la ley de transferencia tecnológica y así se integre al ADN de nuestro sistema nacional de innovación, garantizando que el conocimiento y la innovación universitaria, sean accesibles para toda la sociedad y usadas éticamente, previniendo su utilización de manera contraria al interés público, en detrimento del medio ambiente o los derechos humanos.
Ello nos alineará con las mejores prácticas internacionales, colocando a Chile en la vanguardia de la innovación con propósito social.
El Senado y del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, tienen la palabra.